La capitalización del paro emerge como una valiosa oportunidad para aquellas personas que aspiran a iniciar su propio negocio tras experimentar el desempleo.
Este mecanismo posibilita que los individuos utilicen íntegramente su prestación por desempleo para financiar su nuevo proyecto empresarial.
¿Quiénes pueden acceder a esta asistencia?
Para calificar, es esencial haber acumulado el derecho a la prestación y tener la intención de embarcarse en una actividad como autónomo. Adicionalmente, no se puede haber obtenido este tipo de capitalización en los últimos cuatro años.
Actividades financiables
Las actividades que pueden recibir financiamiento abarcan desde iniciar como trabajador autónomo hasta incorporarse como socio trabajador en cooperativas o sociedades laborales, así como la creación o integración en entidades mercantiles recientemente constituidas.
Requisitos esenciales
- Ser beneficiario de una prestación por desempleo de al menos tres meses.
- No haber impugnado ante la jurisdicción social el cese de la relación laboral que ha dado lugar a la prestación por desempleo. En caso de que así sea, la solicitud se debe hacer posterior a la resolución del procedimiento.
- No haber compatibilizado la prestación por desempleo con el autoempleo en los últimos veinticuatro meses
- Iniciar la actividad en fecha posterior a la solicitud y en el pazo máximo de un mes desde la resolución.
- No haber cobrado el pago único en los cuatro años inmediatamente anteriores.
Modalidades de capitalización
Diversas opciones están disponibles para capitalizar el paro:
- Pago único del 100% de la prestación pendiente.
- Subvención de las cuotas de la Seguridad Social.
- Combinación de ambas.
Inversiones permitidas
El pago único puede destinarse a bienes y servicios esenciales para la actividad económica, tales como maquinaria, mobiliario, equipos informáticos y mercancías iniciales.
La capitalización del paro es una medida que busca promover y simplificar la creación de iniciativas de empleo autónomo entre individuos que estén recibiendo la prestación por desempleo de nivel contributivo.


